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Libertad de Culto
La actitud básica del estado frente el pluralismo religioso fue expresada en la Declaración de Independencia de 1948: "El Estado de Israel ... se basará en la libertad, la justicia y la paz, según fueron concebidas por los profetas de Israel; garantizará la total igualdad de derechos sociales y políticos a todos sus habitantes, sin consideraciones de religión, raza o sexo, así como la libertad de culto, conciencia, lenguaje, educación y cultura...".
El documento "expresa la visión de la nación y su credo", y su adherencia a estos principios está garantizada por la ley. Cada comunidad religiosa es libre de ejercer su fe, de observar sus días sagrados y día semanal de descanso, y administrar sus propios asuntos internos.
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